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Modificación de Reglamento 853/2004 sobre manipulación de determinados despojos

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REGLAMENTO (UE) 1137/2014 DE LA COMISIÓN de 27 de octubre de 2014
por el que se modifica el anexo III del Reglamento (CE) no 853/2004 del Parlamento Europeo y del
Consejo en lo que respecta a la manipulación de determinados despojos de animales destinados al
consumo humano.

http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:32014R1137&from=ES

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RD 526/2014 Enfermedades de Declaración Obligatoria

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Real Decreto 526/2014, de 20 de junio, por el que se establece la lista de las
enfermedades de los animales de declaración obligatoria y se regula su
notificación.

Haz clic para acceder a BOE-A-2014-7291.pdf

RD de Registro de movimientos de SANDACH

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Real Decreto 476/2014, de 13 de junio, por el que se regula el registro nacional de movimientos de subproductos animales y los productos derivados  no destinados a consumo humano.

Haz clic para acceder a BOE-A-2014-6436.pdf

GUÍA PARA LA CLASIFICACIÓN DE LAS SUSTANCIAS AROMATIZANTES

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Se ha publicado la guía sobre la “Clasificación de las sustancias aromatizantes con propiedades modificadoras y potenciadores del sabor” aprobada por el Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y Sanidad Animal el pasado día 27 de mayo de 2014.

El propósito de este documento es proporcionar a los operadores de empresas alimentarias y a las autoridades competentes criterios con el fin de distinguir entre el uso de una sustancia químicamente definida como potenciador del sabor o como sustancia aromatizante con propiedades modificadas. Tales criterios ayudarán al operador que solicita la evaluación de las sustancias.

Algunas sustancias definidas químicamente tienen propiedades multifuncionales y pueden ser utilizadas para propósitos aromatizantes (sustancia aromatizante) o para fines tecnológicos (aditivos alimentarios). La condición jurídica depende de su efecto funcional pretendido en el alimento final. A efectos de este documento, la palabra «mejorar» es un sinónimo de palabras como «intensificar, aumentar, fortalecer, ampliar».

Como en anteriores ocasiones de publicación de guías de la Comisión, hay que poner de manifiesto que esta guía está sujeta a cambios, siempre y cuando las evidencias científicas o técnicas así lo requieran, y que no son de obligado cumplimiento puesto que es una guía, pero sí es recomendable aplicarla, para actuar de forma similar en todos los Estados miembros así como a nivel nacional.

Guía para la clasificación de las sustancias aromatizantes con propiedades modificadoras y potenciadores del sabor

Aditivos alimentarios en preparados de carne: NOVEDADES

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Se ha publicado el Reglamento (UE) 601/2014 de la Comisión, de 4 de junio de 2014, por el que se modifica el anexo II del Reglamento (CE) 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las categorías de carnes y a la utilización de aditivos alimentarios en preparados de carne.

Entre las novedades añadidas en la legislación a la hora de la utilización de aditivos alimentarios en preparados de carne, destacan:

  • los términos «carne fresca», «preparados de carne» y «productos cárnicos» según se definen en el Reglamento (CE) 853/2004
  • se han determinado usos de la curcumina (E 100), los carmines (E 120), el caramelo (E 150a-d), el extracto de pimentón (E 160c) y el rojo de remolacha (E 162), que se han utilizado tradicionalmente en determinados Estados miembros para la coloración de productos tradicionales: salchicha fresca, mici, butifarra fresca, longaniza fresca
  • se han examinado diversos aditivos como nitritos, ácido acético y acetatos, lactatos,… con el fin de modificar su utilización en diversos productos

Directiva por la que se modifica la Directiva 2001/110/CE relativa a la miel

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Directiva por la que se modifica la Directiva 2001/110/CE relativa a la miel

http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=OJ:L:2014:164:FULL&from=ES

 

Real Decreto 340/2014, de 9 de mayo, por el que se establecen disposiciones en relación con la asistencia a los controles oficiales en establecimientos de producción de carne fresca de aves de corral y lagomorfos

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Publicadas las  nuevas normas sobre asistencia a los controles oficiales en mataderos de aves y conejos

MODIFICADOS LOS MÉTODOS DE TOMA DE MUESTRAS EN PRODUCTOS ALIMENTICIOS

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Se ha publicado el Reglamento (UE) 519/2014 de la Comisión de 16 de mayo de 2014 que modifica el Reglamento (CE) 401/2006 en lo relativo a:

  • los métodos de muestreo de los lotes de gran tamaño, las especias y los complementos alimenticios;
  • las normas de referencia para las toxinas T-2 y HT-2 y para la citrinina,
  • y los métodos analíticos de cribado.

LA EFSA PROPONE REDUCIR EL ZINC EN PIENSOS

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La EFSA ha propuesto una reducción del contenido máximo autorizado de zinc en la alimentación de todas las especies animales, con el objetivo de reducir en un 20% las emisiones al medio ambiente.

 

El zinc es nutricionalmente esencial para todos los organismos vivos. La cantidad total de zinc en el cuerpo humano es de 2-3 gramos y sus concentraciones en los tejidos son aproximadamente el mismo en todos los mamíferos.

Actualmente el contenido máximo autorizado de zinc en los piensos es de:

  • 250 mg Zn / kg para animales de compañía.
  • 200 mg de Zn / kg para los peces y lactoreemplazantes.
  • 150 mg de Zn / kg para otras especies animales.

 

A petición de la Comisión Europea, el Panel de Aditivos y Productos o Sustancias empleadas en la alimentación animal (FEEDAP) ha emitido un dictamen científico sobre la posible reducción del contenido máximo de zinc autorizado actualmente en piensos compuestos.

Los contenidos máximos totales recientemente propuestos son:

  1. 150 mg de Zn / kg para lechones, cerdas, conejos, salmónidos, gatos y perros.
  2. 120 mg de Zn / kg para los pavos de engorde.
  3. 100 mg de Zn / kg para todas las demás especies y categorías.

En el caso de la especie porcina, el uso de fitasa, ya sea de origen endógeno o de un aditivo para alimentación animal, para la alimentación de lechones, cerdos de engorde y cerdas permitiría una nueva reducción de los contenidos máximos totales propuestos recientemente en un 30% (de 150 a 110 mg de Zn / kg de alimento para lechones y cerdas y de 100 a 70 mg Zn / kg de pienso para cerdos de engorde).

Nueva Norma ce Calidad del Yogur

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Real Decreto 271/2014, de 11 de abril, por el que se aprueba la Norma de  Calidad para el yogur o yoghourt.

Haz clic para acceder a BOE-A-2014-4515.pdf

 

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